Pensión de Invalidez por secuelas de un Infarto al Corazón en Chile. Vaya tema! Si las consecuencias de un infarto te dejan con impedimentos con una invalidez considerable, podrías optar a una pensión. Es crucial evaluar bien el grado de esa invalidez según el baremo que ocupan las comisiones médicas.
¡Absolutamente! Si las secuelas de tu Infarto al Corazón han disminuido de manera permanente tu capacidad de trabajo, puedes ser candidato a una Pensión de Invalidez en Chile.
Pensión de Invalidez Parcial: Se otorga si la pérdida de capacidad de trabajo es igual o superior al 50% e inferior a dos tercios (66%). Esta pensión suele ser transitoria y está sujeta a Reevaluación.
Pensión de InvalidezTotal: Se concede cuando la pérdida de capacidad de trabajo es igual o superior a dos tercios (66%). Este dictamen puede ser definitivo.
Cobertura del SIS: El SIS es un seguro obligatorio para los afiliados a las AFP y se financia con un porcentaje de tu renta imponible (actualmente en torno al 1.38% para trabajadores dependientes, pagado por el empleador). Su objetivo principal es asegurar un monto de pensión en caso de invalidez (Total o parcial) o fallecimiento (para tus beneficiarios).
Financiamiento de la Pensión con SIS: Si la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones dictamina tu invalidez (parcial con una pérdida de capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior a 66%, o Total con una pérdida igual o superior al 66%), y tienes cobertura del SIS, el financiamiento de tu pensión se realizará de la siguiente manera:
Invalidez Parcial Transitoria (primer dictamen): La pensión la paga la AFP con cargo a la compañía de seguros con la que tiene contratado el SIS. No se utilizan los fondos de tu cuenta individual de la AFP.
Invalidez Total (dictamen único y definitivo): También puedes optar por las diferentes Modalidades de Pensión. Si los fondos en tu cuenta individual no alcanzan para una pensión equivalente al 50% de tu ingreso base, el SIS entregará un Aporte Adicional para complementar esos fondos.
Puntos importantes a considerar:
Evaluación de Invalidez: Para acceder a la Pensión de Invalidez, primero debes ser evaluado por la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones, quien determinará el grado y tipo de invalidez.
Requisitos: Además de la declaración de invalidez, debes estar afiliado a una AFP, tener menos de la edad legal de pensión por vejez (60 años para mujeres, 65 para hombres) y que la invalidez no sea resultado de un accidente laboral o enfermedad profesional (ya que esos casos se cubren por otro seguro).
Cobertura SIS: Para que el SIS se active en caso de invalidez, generalmente debes haber estado cotizando y tener el seguro activo al momento de la solicitud. Si eres trabajador independiente o afiliado voluntario, el requisito suele ser haber cotizado el mes anterior a la declaración de invalidez. Por un asunto de plazos es mejor cotizar dos meses.
Monto de la Pensión: El monto de la Pensión de Invalidez dependerá de tu historial de cotizaciones, tu renta promedio de los últimos 10 años (o ingreso base), el dictamen de la Comisión Médica y si aplica un Aporte Adicional del SIS.
¿Qué te recomiendo hacer?
Contacta a tu AFP: O a tu Asesor Previsional de confianza. Ellos te podrán orientar específicamente sobre tu caso, verificar si tienes activa la cobertura del SIS y explicarte el proceso para solicitar la Pensión de Invalidez.
Reúne la documentación: Generalmente se solicita la cédula de identidad, formularios de solicitud de pensión y calificación de invalidez, y antecedentes médicos.
Prepárate para la Evaluación Médica: La Comisión Médica te citará para evaluar tu condición de salud.
Tener el Seguro SIS activo: Es una buena noticia, ya que te brinda una mayor seguridad económica en caso de ser declarado inválido. ¡No dudes en contactar a tu AFP o a tu asesor especialista para Iniciar el Trámite!
Aunque cada caso es evaluado individualmente, algunos requisitos generales incluyen:
Estar afiliado a una AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) y no haber cumplido la edad legal de Jubilación por Vejez (65 años para hombres, 60 para mujeres).
Ser declarado inválido por la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones (o la COMPIN si se trata de una enfermedad profesional o accidente laboral de afiliados al ISL, o la comisión médica de la mutualidad respectiva).
Que la invalidez no sea resultado de un accidente laboral o enfermedad profesional (en cuyo caso se rigen por otras normativas).
¿Cómo se evalúa la invalidez en casos de secuelas de infarto?
La Comisión Médica evaluará tu caso basándose en informes médicos detallados que describan tus secuelas, su impacto en tu capacidad funcional y laboral. Considerarán factores como la clase funcional de tu Insuficiencia Cardíaca (según la escala NYHA) y los resultados de pruebas como la ergometría.
Información clara y personalizada: Te explicará los requisitos específicos, el proceso de solicitud y las diferentes opciones de pensión a las que podrías acceder.
Reunión de documentos: Te orientará sobre la documentación médica y previsional necesaria para presentar una solicitud sólida.
Preparación para la Evaluación Médica: Te ayudará a entender qué esperar durante la evaluación de la Comisión Médica.
Selección de la mejor opción de pensión: Si tu pensión es aprobada, te asesorará para elegir la modalidad de pensión que mejor se ajuste a tus necesidades (Retiro Programado o Renta Vitalicia).
Gestión del proceso: Puede facilitar la comunicación con la AFP y otros organismos involucrados.
La Superintendencia de Pensiones (www.spensiones.cl) tiene un registro de Asesores Previsionales autorizados. También puedes encontrar asesores a través de las propias AFP o entidades de Asesoría Previsional. ¡Ojo! La Asesoría Previsional no es obligatoria para pensionarse, pero puede ser muy valiosa para tener mejores posibilidades de que el resultado de la gestión sea positiva y al final poder tomar una decisión informada de pensión.
En resumen: ¡No dudes en iniciar el proceso! Busca asesoría previsional para que te guíen y te acompañen en la solicitud de tu pensión de invalidez por las secuelas de tu infarto. ¡Mucha fuerza en este camino!
Invalidez Post-Infarto: Cómo Acceder a una Pensión en Chile
¡Dale una mirada a esto! Si las secuelas de un Infarto al Corazón en Chile te dejaron con una invalidez importante, ¡ojo!, podrías acceder a una pension por infarto al corazon. Es clave que un experto evalúe bien ese grado de invalidez según las normas de las comisiones médicas.
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