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Aceptación de la Oferta de Pensión: Trámite SCOMP y Modalidades

Aceptación de la Oferta de Pensión: Trámite SCOMP y Modalidades. El artículo describe los dos métodos para aceptar una oferta de pensión en Chile a través del SCOMP: la Aceptación Directa y la Adjudicación por Remate. La Aceptación Directa es voluntaria y permite elegir una oferta del Certificado de Ofertas en un plazo de 12 días hábiles (después de 3 días de reflexión). El Remate es una Subasta para mejorar la Renta Vitalicia, cuyo resultado es vinculante y obligatorio si pujan dos o más aseguradoras.

Aceptación de la Oferta de Pensión: Trámite SCOMP y Modalidades

Cómo Aceptar una Oferta de Pensión en Chile: Guía del SCOMP, Aceptación Directa y Remate

 

Navegar el proceso de Jubilación en Chile implica interactuar con el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). Esta plataforma centralizada es la que le permite cotizar y, finalmente, seleccionar su modalidad de pensión.

Una vez que realiza su Consulta, el SCOMP genera un Certificado de Ofertas (CO), un documento que presenta las opciones disponibles de Retiro Programado (AFP) y Renta Vitalicia (Compañías de Seguros).

A partir de este punto, el proceso para formalizar su pensión se divide en dos caminos fundamentalmente distintos: la Aceptación Directa de una oferta del certificado o la Adjudicación por Remate. A continuación, explicamos en detalle cada escenario y sus diferencias cruciales.


1. Aceptación Directa (Elección desde el Certificado de Ofertas)

Este es el escenario más común y directo. Usted recibe su Certificado de Ofertas y, tras analizarlo, decide aceptar una de las opciones que figuran en él.

 

Plazos Clave

* Validez del Certificado: Su Certificado de Ofertas tiene una vigencia de 12 días hábiles desde su fecha de emisión.

 

* Período de Reflexión (Enfriamiento): Por ley, usted no puede aceptar ninguna oferta durante los primeros 3 días hábiles. Este es un período de reflexión obligatorio para que pueda estudiar las alternativas sin presiones.

 

El Proceso de Aceptación

Si ha tomado una decisión, debe actuar antes de que venza el certificado (es decir, entre el día 4 y el día 12).

 

1) Acción Requerida: Debe dirigirse presencialmente a la sucursal de la entidad que ofrece la pensión que eligió.

  • Si eligió una Renta Vitalicia: Debe ir a la Compañía de Seguros correspondiente.

  • Si eligió un Retiro Programado: Debe ir a la AFP que seleccionó (puede ser su AFP actual u otra).

 

2) Documentación a Firmar: En la entidad, deberá firmar dos documentos esenciales:

  • El formulario de "Aceptación de la Oferta".

  • El formulario de "Selección de Modalidad de Pensión".

 

3) Finalización: Una vez firmados, la entidad (AFP o Aseguradora) notifica su decisión al SCOMP. El sistema registra la primera aceptación válida que recibe, bloqueando cualquier otra. Si eligió una Renta Vitalicia, su AFP de origen procederá a traspasar sus fondos a la aseguradora.

 

¿Qué pasa si no hago nada?

Si deja pasar los 12 días hábiles y no acepta ninguna oferta ni solicita un Remate, el Certificado de Ofertas simplemente vence. No está obligado a nada, pero deberá iniciar un nuevo proceso de Consulta en el SCOMP para recibir ofertas actualizadas.

 


 

2. Adjudicación por Remate (Subasta de Renta Vitalicia)

Este camino se toma si usted no está conforme con las ofertas de Renta Vitalicia de su Certificado de Ofertas y desea que las aseguradoras compitan por mejorarla.

 

¿En qué consiste el Remate?

Es un proceso electrónico (una Subasta) donde las Compañías de Seguros pujan para mejorar el monto de la Renta Vitalicia ofrecida inicialmente. Usted solicita este Remate a través de su AFP.

 

El Punto Crucial: El Carácter Vinculante

Aquí radica la diferencia más importante. A diferencia de la Aceptación Directa, el resultado de un Remate puede ser obligatorio (vinculante) para usted.

 

* Cuándo es Vinculante: El Remate es obligatorio si, y solo si, al menos dos compañías de seguros participan activamente presentando ofertas.

* Cuándo NO es Vinculante (Remate Desierto): Si solo una compañía (o ninguna) participa en la Subasta, el Remate se declara "desierto". En este caso, usted no está obligado a aceptar nada y queda en libertad de acción, pudiendo iniciar una nueva Consulta.

 

El Proceso de Adjudicación (Si el Remate fue Exitoso)

Si el Remate fue exitoso (con 2 o más postores), la oferta de pensión más alta se le adjudica automáticamente. Usted no "elige", sino que se le asigna el ganador.

 

1) Acción Requerida (Formalización): Usted tiene un plazo de 10 días hábiles desde el cierre del Remate para ir a la Compañía de Seguros ganadora a firmar el Contrato, es decir, la póliza de Renta Vitalicia.

 

2) La Diferencia Clave: ¿Qué pasa si no firmo?

  • Como el resultado es vinculante, la ley protege el proceso. Si usted no acude a firmar la póliza dentro de esos 10 días hábiles, no se anula el resultado.

  • Al día hábil siguiente (día 11), su AFP de origen está obligada por ley a firmar el Contrato en su representación para hacer efectiva la adjudicación. Sus fondos serán traspasados a la aseguradora ganadora y su pensión se cursará bajo esa modalidad.

 

Resumen de Diferencias Clave

Esta tabla resume las distinciones fundamentales entre ambos procesos:

Característica

Aceptación Directa (desde Certificado)

Adjudicación por Remate

Su Rol

Activo: Usted elige una oferta entre varias.

Pasivo: Se le adjudica la oferta más alta de la Subasta.

Obligatoriedad

Voluntario. Usted decide si aceptar, rechazar o pedir Remate.

Vinculante y Obligatorio (si pujan 2 o más aseguradoras).

Proceso Formal

Va a la entidad y firma la "Aceptación de la Oferta".

Va a la entidad a firmar la "Póliza" o Contrato.

Consecuencia de la Inacción

El certificado vence (en 12 días) y debe iniciar una nueva Consulta.

Su AFP firma por usted (al día 11) para hacer cumplir el resultado obligatorio.

Entender esta bifurcación es vital. La Aceptación Directa le da el control Total de la elección, mientras que el Remate busca un mejor monto, pero introduce un resultado obligatorio si la Subasta es competitiva.

El Poder Estratégico del Remate de Renta Vitalicia en Chile

En Chile, la aceptación de la oferta también se puede hacer con el Remate de Renta Vitalicia.

Sí, en Chile, el Remate de Renta Vitalicia es un mecanismo establecido y regulado (a través del SCOMP - Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión) que puede resultar en la aceptación vinculante de una oferta de pensión.

Aquí están los puntos clave:

* Solicitud de Remate: La persona que se va a pensionar (o los beneficiarios en caso de Pensión de Sobrevivencia) puede solicitar un Remate si ha recibido ofertas previas en el SCOMP.

* Carácter Vinculante (Obligatorio): El Remate tiene carácter vinculante para el consultante si al menos dos de las Compañías de Seguros de Vida que eligió para participar presentan ofertas de montos de pensión.

* Aceptación Forzosa: Si es vinculante, la persona está obligada a contratar la pensión de Renta Vitalicia con la Compañía que presente la mayor oferta al cierre del Remate.

* No Vinculante (Opcional): Si solo una Compañía presenta oferta durante el Remate, el proceso no es vinculante, y la persona puede aceptar o rechazar esa única oferta.

De esta forma, el Remate es una vía en la que la competencia de las aseguradoras lleva a una oferta que debe ser aceptada si se cumplen las condiciones (al menos dos ofertas). Recientes reformas previsionales han reforzado el uso del Remate, eliminando mecanismos de negociación fuera del sistema (como la "oferta externa"), para transparentar y fomentar la competencia dentro del SCOMP.

 

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