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title: "Bono por Hijo Nacido Vivo: Requisitos, monto y cómo postular en Chile - Maximiza tu Pensión de Jubilación"
description: "Bono por Hijo Nacido Vivo: Requisitos, monto y cómo postular en Chile. Descubre todo sobre el Bono por Hijo: requisitos, montos y cómo postular paso a paso. Conoce cómo este beneficio aumenta tu pensión a los 65 años. El Bono por Hijo es un aporte previsional del Estado chileno que incrementa la pen"
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##  Bono por Hijo Nacido Vivo: Requisitos, monto y cómo postular en Chile

   Detalles    [ ![Super User](https://www.retirum.cl/images/sampledata/author.jpg) ](https://www.retirum.cl/index.php/index.php/bonos-y-pensiones/bono-por-hijo/author/admin.html "Super User")  By [Super User](https://www.retirum.cl/index.php/index.php/bonos-y-pensiones/bono-por-hijo/author/admin.html)  Super User  Categoría: [Bono por Hijo](https://www.retirum.cl/index.php/bonos-y-pensiones/bono-por-hijo.html)    15 Marzo 2025    Visitas: 5132

*Bono por Hijo Nacido Vivo: Requisitos, monto y cómo postular en Chile. Descubre todo sobre el Bono por Hijo: requisitos, montos y cómo postular paso a paso. Conoce cómo este beneficio aumenta tu pensión a los 65 años. El Bono por Hijo es un aporte previsional del Estado chileno que incrementa la pensión de las mujeres a los 65 años por cada hijo nacido vivo o adoptado. Funciona como un fondo acumulativo a largo plazo y requiere cumplir con criterios específicos de edad, residencia en el país y afiliación a un sistema de pensiones para postular.*

# Bono por Hijo Nacido Vivo: Requisitos, monto y cómo postular en Chile.

![](https://www.retirum.cl/images/bono%20por%20hijo%20nacido%20vivo.jpg)

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## 👵 Bono por Hijo Nacido Vivo o Adoptado en Chile: Guía Completa de Requisitos, Montos y Postulación. 🇨🇱

El Bono por Hijo Nacido Vivo o Adoptado es uno de los beneficios estatales más relevantes en Chile diseñados para reducir la brecha de género en las jubilaciones. A diferencia de un subsidio familiar o de maternidad de cobro inmediato tras el parto, este aporte funciona como un capital semilla previsional que rentabiliza con el tiempo y se hace efectivo al momento en que la mujer cumple los 65 años de edad y tramita su pensión 👵💰.

El Bono por Hijo (oficialmente denominado Bono por Hijo Nacido Vivo o Adoptado) es uno de los beneficios estatales más importantes en Chile, diseñado exclusivamente para reconocer y recompensar la labor de las madres, incrementando el monto de su pensión de vejez.

A diferencia de los subsidios de maternidad tradicionales que se entregan al momento del parto, esta bonificación funciona como una inversión a largo plazo 📈. El Estado otorga un capital semilla que se rentabiliza con el tiempo y se hace efectivo justo en el momento en que la madre cumple la edad legal de jubilación (65 años).

A continuación, te presentamos la guía SEO más actualizada y completa para entender cómo funciona, cuánto dinero entrega y cuáles son los pasos exactos para solicitarlo. 🚀

## 📌 ¿Qué es el Bono por Hijo y cómo funciona? 💡

El objetivo central de esta bonificación es incrementar el monto de la pensión mensual de las mujeres. El Estado entrega una suma fija por cada hijo nacido vivo o adoptado, la cual no se liquida de inmediato en efectivo, sino que ingresa a un sistema de rentabilidad acumulativa hasta la edad legal de jubilación de la beneficiaria.

& Efecto de la rentabilidad: El dinero aportado por el Fisco gana intereses reales a lo largo de los años, lo que permite que el monto final acumulado sea considerablemente superior a la cifra aportada originalmente 📈.

& Misma cobertura para adopción: Las madres adoptivas cuentan exactamente con los mismos derechos legales que las madres biológicas 👶.

& Igualdad por fallecimiento: Si un hijo falleció con posterioridad a su nacimiento, la madre mantiene intacto el derecho a recibir el bono correspondiente 🕊️.

## 📋 Requisitos para acceder al beneficio. 👵

Para adjudicarse el beneficio, la solicitante debe cumplir de forma simultánea con tres pilares fundamentales: edad, residencia y condición previsional.

### 1. Edad y Residencia en Chile. 🇨🇱

👵 Edad mínima: Tener 65 años de edad o más al momento de realizar la solicitud.

📍 Residencia continua o discontinua: Acreditar un período mínimo de 20 años de residencia en Chile, contados desde que la mujer cumplió los 20 años de edad.

🗓️ Residencia reciente: Haber vivido en territorio chileno al menos 4 años durante los últimos 5 años previos a la fecha de ingreso de la solicitud.

### 2. Condición Previsional. (Cumplir al menos una) 🏦

La postulante debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

1.- Afiliada a una AFP: Haber cotizado o estar afiliada a una Administradora de Fondos de Pensiones y pensionarse a contar del 1 de julio de 2009.

2.- Beneficiaria de la [PGU](https://www.retirum.cl/index.php/bonos-y-pensiones/pension-garantizada-universal-pgu/33-pension-garantizada-universal-pgu.html "PGU"): Ser titular de la Pensión Garantizada Universal ([PGU](https://www.retirum.cl/index.php/bonos-y-pensiones/pension-garantizada-universal-pgu/33-pension-garantizada-universal-pgu.html "PGU")) (o haber sido beneficiaria de la antigua Pensión Básica Solidaria de Vejez).

3.- Titular de [Pensión de Sobrevivencia](https://www.retirum.cl/index.php/tipos-de-pension/pension-de-invalidez/pension-de-sobrevivencia/131-pension-sobrevivencia-viudez.html "Pensión de Sobrevivencia"): No estar afiliada a un sistema previsional, pero recibir una [Pensión de Sobrevivencia](https://www.retirum.cl/index.php/tipos-de-pension/pension-de-invalidez/pension-de-sobrevivencia/131-pension-sobrevivencia-viudez.html "Pensión de Sobrevivencia") (montepío) otorgada por una AFP, Compañía de Seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS) desde el 1 de julio de 2009, contando además con la PGU.

### 3. ¿Quiénes quedan excluidos del beneficio? 🚫

🪖 Sistemas de Fuerzas Armadas y de Orden: Mujeres pensionadas bajo los regímenes de Capredena o Dipreca.

🏛️ Antiguo régimen exclusivo: Pensionadas titulares de las ex Cajas de Previsión del régimen antiguo administrado por el IPS que no pertenezcan al sistema de AFP ni reciban la PGU.

⏱️ Jubilaciones previas: Mujeres que se hayan pensionado antes del 1 de julio de 2009.

## 🧮 ¿Cómo se calcula el monto y la rentabilidad del bono? 📊

El monto que entrega el Estado no es una cifra fija estandarizada para todas las mujeres. Su valor inicial se calcula como el 10% de 18 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM) por cada hijo.

### 📅 Hijos nacidos ANTES del 1 de julio de 2009

& Base de cálculo: Se utiliza el Ingreso Mínimo vigente en julio de 2009 ($165.000).

& Monto base: Esto genera un piso inicial de $297.000 por cada hijo.

& Rentabilidad: Este monto comienza a ganar intereses según la rentabilidad del Fondo Tipo C de las AFP, contados desde el 1 de julio de 2009 hasta el mes en que la madre cumple 65 años. 📈

###

### 👶 Hijos nacidos A PARTIR del 1 de julio de 2009

1.- Base de cálculo: Se utiliza el Ingreso Mínimo Mensual que estaba vigente en el mes y año exacto del nacimiento del hijo.

2.- Rentabilidad: Comienza a ganar intereses desde el mismo mes de nacimiento hasta que la madre cumple los 65 años. Para madres jóvenes, esto significa décadas de rentabilidad acumulada. 💹

⚠️ Nota de actualidad (2026):No confundas este beneficio previsional para jubiladas con el "Bono $30 mil por hijo" del Ministerio de Desarrollo Social (transferencia directa para menores de 13 años). El Bono por Hijo Nacido Vivo es exclusivamente para la pensión de la madre.

 | Fecha de Nacimiento del Hijo 🗓️ | Criterio para el Ingreso Mínimo (IMM) 🧾 | Período de Rentabilidad Acumulada ⏱️ |
|---|---|---|
| Antes del 1 de julio de 2009 | Fijado en $165.000 CLP (Base de $297.000 por hijo). | Rentabiliza desde el 1 de julio de 2009 hasta cumplir los 65 años. |
| A contar del 1 de julio de 2009 | Corresponde al IMM del mes y año de nacimiento. | Rentabiliza desde el mes de nacimiento hasta cumplir los 65 años. |

## 💳 Modalidades de pago según tu régimen previsional. 🏦

El modo en que se deposita y cobra este dinero varía directamente según el sistema en el que la mujer recibe su jubilación:

### 💼 Afiliadas a AFP.

El capital total acumulado (monto base más la rentabilidad ganada) se deposita de manera directa en la Cuenta de Capitalización Individual de la afiliada al cumplir los 65 años. Este fondo incrementa el saldo total disponible para recalcular y aumentar la pensión mensual (vía retiro programado o renta vitalicia).

### 🧾 Beneficiarias de la PGU o Sin Previsión.

Para las mujeres que no cotizaron en AFP y reciben la Pensión Garantizada Universal, el Instituto de Previsión Social (IPS) calcula una fracción mensual que se suma directamente al pago de su PGU. Si el cálculo mensual resulta muy bajo debido a la modalidad actuarial, la beneficiaria puede optar por retirar cuotas equivalentes a 3 Unidades de Fomento (UF) mensuales en ChileAtiende hasta agotar el saldo disponible.

### 🏛️ Pensionadas del IPS o Cajas de Previsión.

Se liquida como una pensión complementaria mensual que se adiciona a la Pensión de Sobrevivencia o de montepío que la titular ya percibe del IPS o de la respectiva entidad previsional.

## 💻 Paso a paso: ¿Cómo y dónde postular al Bono por Hijo? 📝

El trámite de solicitud es totalmente gratuito y se puede gestionar tanto por canales digitales como presenciales una vez cumplida la edad de 65 años.

+---------------------------------------------------------------------------------+
| FLUJO DEL TRÁMITE DE POSTULACIÓN |
+---------------------------------------------------------------------------------+
| 1. Cumplir 65 años de edad y verificar requisitos de residencia/previsión. |
| ↓ |
| 2. Elegir canal de atención: Sitio Web ChileAtiende / Presencial / Videollamada.|
| ↓ |
| 3. Autenticación mediante ClaveÚnica o Cédula de Identidad vigente. |
| ↓ |
| 4. Confirmar carga de hijos registrados ante el Registro Civil e Identificación.|
| ↓ |
| 5. Firma de declaración jurada y emisión de comprobante de solicitud. |
+---------------------------------------------------------------------------------+

### 📲 Opción 1: Postulación en línea. (100% digital)

**&** Ingresa al portal oficial de ChileAtiende (chileatiende.gob.cl) o a la plataforma de previsión social del IPS.

**&** Dirígete a la sección "Bono por Hijo" e ingresa tu RUN y fecha de nacimiento para verificar la elegibilidad previa en el sistema.

**&** Haz clic en el botón "Solicitar bono" y autentícate utilizando tu ClaveÚnica.

**&** Revisa y confirma la nómina de hijos registrados automáticamente desde el Registro Civil e Identificación.

**&** Completa los datos de contacto solicitados, acepta la declaración jurada y envía la postulación. Guarda o descarga el comprobante digital.

### 🏬 Opción 2: Trámite presencial.

Puedes acudir directamente con tu cédula de identidad vigente a cualquiera de las siguientes dependencias:

🏢 Sucursales ChileAtiende / IPS: En todo el país.

🏦 Oficinas de tu AFP: (Capital, Cuprum, Habitat, Modelo, Planvital, Provida o Uno).

🏢 Compañía de Seguros: En caso de percibir una Renta Vitalicia.

👨‍⚖️ Atención por Apoderado: Si la beneficiaria padece problemas de salud o movilidad, un tercero puede realizar el trámite presentando un Poder Notarial explícito y ambas cédulas de identidad.

### 🖥️ Opción 3: Videoatención con un ejecutivo.

A través del portal web de ChileAtiende, es posible conectarse a una videollamada con un ejecutivo de atención en tiempo real desde un computador o teléfono móvil, presentando la cédula de identidad a la cámara.

### 📄 Documentos necesarios:

🪪 Cédula de identidad vigente de la solicitante.

📑 Hijos nacidos en Chile: No se requiere certificado de nacimiento, ya que el cruce de datos es automático con el Registro Civil.

⚖️ Hijos adoptados: Se puede requerir la copia de la sentencia judicial de adopción si el trámite no figura actualizado en el sistema interconectado.

## 🔍 Casos especiales y consideraciones clave. ⚠️

###

### 👶 Hijos adoptados e hijos fallecidos.

& Adopción: La ley protege y beneficia tanto a la madre biológica como a la madre adoptiva, concediendo el monto completo a cada una según los criterios vigentes.

& Fallecimiento prematuro: Corresponde la bonificación por todo hijo que haya nacido vivo, sin importar si falleció minutos, días o años después de su nacimiento.

###

### 📜 Carácter irrevocable y heredabilidad.

🔒 Irrevocable: Una vez concedida y adjudicada la bonificación, el proceso es definitivo y no se puede renunciar a él.

⚰️ Heredabilidad en AFP: Si la mujer está afiliada a una AFP y fallece habiendo cumplido los 65 años (habiéndose integrado el bono a su fondo), el remanente de los fondos pasa a formar parte de la masa hereditaria o financia pensiones de sobrevivencia para sus beneficiarios legales.

🛑 No heredable en PGU/IPS: Si la mujer era beneficiaria de la PGU o pensión asistencial, el beneficio no ingresa al patrimonio personal como capital heredable tras su fallecimiento.

### 🏷️ Clarificación importante: Bono Previsional vs. Bonos Sociales Directos.

###

### 📌 Nota de contraste: Es fundamental no confundir este Bono por Hijo Nacido Vivo o Adoptado (el cual es un aporte previsional exclusivo para el momento de la jubilación a los 65 años) con los aportes y subsidios familiares de pago directo o mensual otorgados durante la infancia o etapas de maternidad temprana por el Ministerio de Desarrollo Social y la Red de Protección Social.

###  💰 Bono por Hijo nacido vivo hoy:

📌 Casos recientes: El valor base por hijo ronda o supera los **$900.000** según el sueldo mínimo vigente, monto previo a la adición de la rentabilidad histórica del fondo de pensiones.

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A diferencia de un subsidio familiar o de maternidad de cobro inmediato tras el parto, este aporte funciona como un capital semilla previsional que rentabiliza con el tiempo y se hace efectivo al momento en que la mujer cumple los 65 años de edad y tramita su pensión 👵💰.   El Bono por Hijo (oficialmente denominado Bono por Hijo Nacido Vivo o Adoptado) es uno de los beneficios estatales más importantes en Chile, diseñado exclusivamente para reconocer y recompensar la labor de las madres, incrementando el monto de su pensión de vejez.   A diferencia de los subsidios de maternidad tradicionales que se entregan al momento del parto, esta bonificación funciona como una inversión a largo plazo 📈. El Estado otorga un capital semilla que se rentabiliza con el tiempo y se hace efectivo justo en el momento en que la madre cumple la edad legal de jubilación (65 años).   A continuación, te presentamos la guía SEO más actualizada y completa para entender cómo funciona, cuánto dinero entrega y cuáles son los pasos exactos para solicitarlo. 🚀 📌 ¿Qué es el Bono por Hijo y cómo funciona? 💡 El objetivo central de esta bonificación es incrementar el monto de la pensión mensual de las mujeres. El Estado entrega una suma fija por cada hijo nacido vivo o adoptado, la cual no se liquida de inmediato en efectivo, sino que ingresa a un sistema de rentabilidad acumulativa hasta la edad legal de jubilación de la beneficiaria.   &amp;amp; Efecto de la rentabilidad: El dinero aportado por el Fisco gana intereses reales a lo largo de los años, lo que permite que el monto final acumulado sea considerablemente superior a la cifra aportada originalmente 📈.   &amp;amp; Misma cobertura para adopción: Las madres adoptivas cuentan exactamente con los mismos derechos legales que las madres biológicas 👶.   &amp;amp; Igualdad por fallecimiento: Si un hijo falleció con posterioridad a su nacimiento, la madre mantiene intacto el derecho a recibir el bono correspondiente 🕊️.   📋 Requisitos para acceder al beneficio. 👵 Para adjudicarse el beneficio, la solicitante debe cumplir de forma simultánea con tres pilares fundamentales: edad, residencia y condición previsional.   1. Edad y Residencia en Chile. 🇨🇱   👵 Edad mínima: Tener 65 años de edad o más al momento de realizar la solicitud.   📍 Residencia continua o discontinua: Acreditar un período mínimo de 20 años de residencia en Chile, contados desde que la mujer cumplió los 20 años de edad.   🗓️ Residencia reciente: Haber vivido en territorio chileno al menos 4 años durante los últimos 5 años previos a la fecha de ingreso de la solicitud.   2. Condición Previsional. (Cumplir al menos una) 🏦 La postulante debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:   1.- Afiliada a una AFP: Haber cotizado o estar afiliada a una Administradora de Fondos de Pensiones y pensionarse a contar del 1 de julio de 2009.   2.- Beneficiaria de la PGU: Ser titular de la Pensión Garantizada Universal (PGU) (o haber sido beneficiaria de la antigua Pensión Básica Solidaria de Vejez).   3.- Titular de Pensión de Sobrevivencia: No estar afiliada a un sistema previsional, pero recibir una Pensión de Sobrevivencia (montepío) otorgada por una AFP, Compañía de Seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS) desde el 1 de julio de 2009, contando además con la PGU.   3. ¿Quiénes quedan excluidos del beneficio? 🚫   🪖 Sistemas de Fuerzas Armadas y de Orden: Mujeres pensionadas bajo los regímenes de Capredena o Dipreca.   🏛️ Antiguo régimen exclusivo: Pensionadas titulares de las ex Cajas de Previsión del régimen antiguo administrado por el IPS que no pertenezcan al sistema de AFP ni reciban la PGU.   ⏱️ Jubilaciones previas: Mujeres que se hayan pensionado antes del 1 de julio de 2009.   🧮 ¿Cómo se calcula el monto y la rentabilidad del bono? 📊 El monto que entrega el Estado no es una cifra fija estandarizada para todas las mujeres. Su valor inicial se calcula como el 10% de 18 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM) por cada hijo.   📅 Hijos nacidos ANTES del 1 de julio de 2009   &amp;amp; Base de cálculo: Se utiliza el Ingreso Mínimo vigente en julio de 2009 ($165.000).   &amp;amp; Monto base: Esto genera un piso inicial de $297.000 por cada hijo.   &amp;amp; Rentabilidad: Este monto comienza a ganar intereses según la rentabilidad del Fondo Tipo C de las AFP, contados desde el 1 de julio de 2009 hasta el mes en que la madre cumple 65 años. 📈     👶 Hijos nacidos A PARTIR del 1 de julio de 2009   1.- Base de cálculo: Se utiliza el Ingreso Mínimo Mensual que estaba vigente en el mes y año exacto del nacimiento del hijo.   2.- Rentabilidad: Comienza a ganar intereses desde el mismo mes de nacimiento hasta que la madre cumple los 65 años. Para madres jóvenes, esto significa décadas de rentabilidad acumulada. 💹   ⚠️ Nota de actualidad (2026): No confundas este beneficio previsional para jubiladas con el &quot;Bono $30 mil por hijo&quot; del Ministerio de Desarrollo Social (transferencia directa para menores de 13 años). El Bono por Hijo Nacido Vivo es exclusivamente para la pensión de la madre.   Fecha de Nacimiento del Hijo 🗓️ Criterio para el Ingreso Mínimo (IMM) 🧾 Período de Rentabilidad Acumulada ⏱️ Antes del 1 de julio de 2009 Fijado en $165.000 CLP (Base de $297.000 por hijo). Rentabiliza desde el 1 de julio de 2009 hasta cumplir los 65 años. A contar del 1 de julio de 2009 Corresponde al IMM del mes y año de nacimiento. Rentabiliza desde el mes de nacimiento hasta cumplir los 65 años. 💳 Modalidades de pago según tu régimen previsional. 🏦 El modo en que se deposita y cobra este dinero varía directamente según el sistema en el que la mujer recibe su jubilación:   💼 Afiliadas a AFP. El capital total acumulado (monto base más la rentabilidad ganada) se deposita de manera directa en la Cuenta de Capitalización Individual de la afiliada al cumplir los 65 años. Este fondo incrementa el saldo total disponible para recalcular y aumentar la pensión mensual (vía retiro programado o renta vitalicia).   🧾 Beneficiarias de la PGU o Sin Previsión. Para las mujeres que no cotizaron en AFP y reciben la Pensión Garantizada Universal, el Instituto de Previsión Social (IPS) calcula una fracción mensual que se suma directamente al pago de su PGU. Si el cálculo mensual resulta muy bajo debido a la modalidad actuarial, la beneficiaria puede optar por retirar cuotas equivalentes a 3 Unidades de Fomento (UF) mensuales en ChileAtiende hasta agotar el saldo disponible.   🏛️ Pensionadas del IPS o Cajas de Previsión. Se liquida como una pensión complementaria mensual que se adiciona a la Pensión de Sobrevivencia o de montepío que la titular ya percibe del IPS o de la respectiva entidad previsional.   💻 Paso a paso: ¿Cómo y dónde postular al Bono por Hijo? 📝 El trámite de solicitud es totalmente gratuito y se puede gestionar tanto por canales digitales como presenciales una vez cumplida la edad de 65 años. +---------------------------------------------------------------------------------+|                       FLUJO DEL TRÁMITE DE POSTULACIÓN                          |+---------------------------------------------------------------------------------+|  1. Cumplir 65 años de edad y verificar requisitos de residencia/previsión.     ||                                       ↓                                         ||  2. Elegir canal de atención: Sitio Web ChileAtiende / Presencial / Videollamada.||                                       ↓                                         ||  3. Autenticación mediante ClaveÚnica o Cédula de Identidad vigente.            ||                                       ↓                                         ||  4. Confirmar carga de hijos registrados ante el Registro Civil e Identificación.||                                       ↓                                         ||  5. Firma de declaración jurada y emisión de comprobante de solicitud.          |+---------------------------------------------------------------------------------+ 📲 Opción 1: Postulación en línea. (100% digital) &amp;amp; Ingresa al portal oficial de ChileAtiende (chileatiende.gob.cl) o a la plataforma de previsión social del IPS. &amp;amp; Dirígete a la sección &quot;Bono por Hijo&quot; e ingresa tu RUN y fecha de nacimiento para verificar la elegibilidad previa en el sistema. &amp;amp; Haz clic en el botón &quot;Solicitar bono&quot; y autentícate utilizando tu ClaveÚnica. &amp;amp; Revisa y confirma la nómina de hijos registrados automáticamente desde el Registro Civil e Identificación. &amp;amp; Completa los datos de contacto solicitados, acepta la declaración jurada y envía la postulación. Guarda o descarga el comprobante digital.   🏬 Opción 2: Trámite presencial. Puedes acudir directamente con tu cédula de identidad vigente a cualquiera de las siguientes dependencias:   🏢 Sucursales ChileAtiende / IPS: En todo el país.   🏦 Oficinas de tu AFP: (Capital, Cuprum, Habitat, Modelo, Planvital, Provida o Uno).   🏢 Compañía de Seguros: En caso de percibir una Renta Vitalicia.   👨‍⚖️ Atención por Apoderado: Si la beneficiaria padece problemas de salud o movilidad, un tercero puede realizar el trámite presentando un Poder Notarial explícito y ambas cédulas de identidad.   🖥️ Opción 3: Videoatención con un ejecutivo. A través del portal web de ChileAtiende, es posible conectarse a una videollamada con un ejecutivo de atención en tiempo real desde un computador o teléfono móvil, presentando la cédula de identidad a la cámara.   📄 Documentos necesarios:   🪪 Cédula de identidad vigente de la solicitante.   📑 Hijos nacidos en Chile: No se requiere certificado de nacimiento, ya que el cruce de datos es automático con el Registro Civil. ⚖️ Hijos adoptados: Se puede requerir la copia de la sentencia judicial de adopción si el trámite no figura actualizado en el sistema interconectado.   🔍 Casos especiales y consideraciones clave. ⚠️   👶 Hijos adoptados e hijos fallecidos.   &amp;amp; Adopción: La ley protege y beneficia tanto a la madre biológica como a la madre adoptiva, concediendo el monto completo a cada una según los criterios vigentes.   &amp;amp; Fallecimiento prematuro: Corresponde la bonificación por todo hijo que haya nacido vivo, sin importar si falleció minutos, días o años después de su nacimiento.   📜 Carácter irrevocable y heredabilidad.   🔒 Irrevocable: Una vez concedida y adjudicada la bonificación, el proceso es definitivo y no se puede renunciar a él.   ⚰️ Heredabilidad en AFP: Si la mujer está afiliada a una AFP y fallece habiendo cumplido los 65 años (habiéndose integrado el bono a su fondo), el remanente de los fondos pasa a formar parte de la masa hereditaria o financia pensiones de sobrevivencia para sus beneficiarios legales.   🛑 No heredable en PGU/IPS: Si la mujer era beneficiaria de la PGU o pensión asistencial, el beneficio no ingresa al patrimonio personal como capital heredable tras su fallecimiento.   🏷️ Clarificación importante: Bono Previsional vs. Bonos Sociales Directos.   📌 Nota de contraste: Es fundamental no confundir este Bono por Hijo Nacido Vivo o Adoptado (el cual es un aporte previsional exclusivo para el momento de la jubilación a los 65 años) con los aportes y subsidios familiares de pago directo o mensual otorgados durante la infancia o etapas de maternidad temprana por el Ministerio de Desarrollo Social y la Red de Protección Social.    💰 Bono por Hijo nacido vivo hoy:   📌 Casos recientes: El valor base por hijo ronda o supera los $900.000 según el sueldo mínimo vigente, monto previo a la adición de la rentabilidad histórica del fondo de pensiones.   https://www.retirum.cl",
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